Hoy el presidente Gustavo Petro firmó la reforma pensional que busca implementar el nuevo Sistema de Protección Social Integral para la Vejez.
Aunque la iniciativa entrará en vigencia el 1 de julio de 2025 y se sostiene sobre 4 pilares fundamentales:
Pilar Solidario
Residentes en el país mayores de 65 años (hombres) y 60 años (mujeres). También incluye a personas con discapacidad, hombres mayores de 55 años y mujeres mayores de 50 años con pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50 % y en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad.
Pilar Semicontributivo
Otorgará una renta vitalicia a quienes no lograron pensionarse pero tienen semanas cotizadas en Colpensiones o ahorros en una cuenta individual en una administradora de fondos de pensiones. Requiere ser mayor de 65 años (hombres) o 60 años (mujeres) y haber cotizado entre 300 y menos de 1000 semanas.
Pilar Contributivo
Incluye a todos los afiliados al sistema, quienes podrán acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobrevivientes. Colpensiones recibirá aportes hasta los 2,3 primeros salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y las administradoras de fondos de pensiones recibirán cotizaciones que excedan esa cantidad.
Pilar de Ahorro Individual Voluntario
Para quienes tienen capacidad de pago y desean obtener una mejor pensión, este pilar permite ahorrar sin ninguna modificación de la reforma pensional.
Monto de las Cotizaciones
Auxilio Funerario
Este auxilio será pagado por el componente de prima media administrado por Colpensiones. El monto será equivalente al último salario base de cotización o la última mesada pensional recibida, sin ser inferior a cinco SMLMV ni superior a 10 veces dicho salario.
Nuevo Fondo de Ahorro
El Fondo de Ahorro respaldará el Pilar Contributivo, financiando las pensiones del nuevo esquema. Será administrado por el Banco de la República y sus recursos se usarán exclusivamente para el pago de pensiones.
Régimen de Transición
Se establece un régimen de transición para quienes al 1° de julio de 2025 cuenten con 900 semanas (hombres) o 750 semanas (mujeres). Estas personas conservarán las condiciones del régimen anterior (Ley 100 de 1993).
Dos Años para Traslado de Régimen
Las personas con menos de 10 años para pensionarse y con 750 semanas (mujeres) o 900 semanas (hombres) podrán trasladarse al régimen que más les convenga dentro de los dos años siguientes a la vigencia de la reforma, tras recibir la doble asesoría.
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Si tienes preguntas sobre cómo esta reforma pensional te afecta o necesitas ayuda con reclamaciones administrativas y judiciales para el reconocimiento de pensiones de sobrevivientes, vejez o invalidez, ¡estamos aquí para ayudarte!
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