jueves, 5 de junio de 2025

¿Sufriste un Accidente Laboral? Conoce cómo Reclamar tu Pensión de Invalidez














Un accidente laboral puede cambiar tu vida en cuestión de segundos. Por eso, es vital que conozcas qué hacer desde el primer momento y cómo asegurarte de que se respeten tus derechos. En este artículo te explicamos paso a paso el proceso, y cómo desde WF Abogados podemos acompañarte para reclamar lo que por ley te pertenece.

Paso 1: Atención Inmediata por la EPS

Si sufres un accidente mientras trabajas, el primer paso es acudir a tu Entidad Promotora de Salud (EPS). Allí deben diagnosticar tus lesiones y prestarte toda la atención médica necesaria para tu recuperación inicial.

🔹 Importante: la EPS no puede negarse a atenderte. Por ley, está obligada a brindar atención inmediata en casos de origen laboral desde el primer momento.


Paso 2: Rehabilitación y Evaluación con la ARL

Superada la urgencia inicial, la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) asume el proceso. Esta entidad es responsable de prestarte los servicios de rehabilitación integral, ya sea directamente o mediante su red médica contratada.

Además, la ARL debe asesorarte a ti y a tu empresa en el proceso de reintegro laboral. Si después del tratamiento quedan secuelas o limitaciones, se puede iniciar la solicitud formal de calificación de pérdida de capacidad laboral.


Paso 3: Calificación y Derecho a Apelar

Si se considera que hay una discapacidad, el trabajador o el empleador pueden pedir a la ARL la calificación del porcentaje de pérdida laboral.

🔸 Si no estás de acuerdo con el resultado del dictamen, tienes 10 días para apelar. Entonces, la ARL debe remitir el caso a la Junta Regional de Calificación de Invalidez. Si persiste la inconformidad, se puede apelar nuevamente ante la Junta Nacional.


¿Qué Pasa con el Resultado de la Calificación?

Los costos de estos trámites deben ser asumidos por la ARL, no por el trabajador. Según el porcentaje de pérdida:

  • 📉 5 % a 49,99 %: tienes derecho a una indemnización por incapacidad permanente parcial.

  • 📉 50 % o más: se considera invalidez y da derecho a una pensión de invalidez.

🔹 Importante: si el origen del daño es común y no laboral, el sistema general de pensiones asumirá los pagos, no la ARL. Las juntas también determinan si el origen del daño fue laboral o no.


¿Necesitas Ayuda para Reclamar tu Pensión de Invalidez?

En WF Abogados tenemos experiencia en derecho laboral y pensional. Te asesoramos para que no pierdas tiempo ni derechos por errores del sistema o decisiones injustas. Desde acompañamiento médico-legal hasta representación ante juntas y tribunales, estamos contigo.

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https://wfabogados.com/compatibilidad-de-pensiones-cuando-pueden-negarte-la-pension-de-sobrevivientes/

martes, 29 de abril de 2025

Podrías tener derecho a una pensión anticipada especial, ¡y reclamarla!



¿Sabías que si tienes más de 55 años, has cotizado al menos 1000 semanas, y tienes una deficiencia física, psíquica o sensorial significativa, puedes acceder a una pensión anticipada, incluso si no eres considerado inválido?

Es un derecho que pocos conocen, y que puede cambiar tu vida. Se llama pensión especial anticipada de vejez por deficiencia.

⚖️ ¿Qué es la pensión anticipada de vejez por deficiencia?

La pensión anticipada especial es una prestación pensional que reconoce el Estado para proteger a quienes, aunque no estén totalmente inválidos, han perdido en parte su funcionalidad física, mental o sensorial.

✅ No tienes que esperar a cumplir 57 o 62 años.
✅ No necesitas tener una pérdida total de capacidad laboral del 50% o más.
✅ Basta con demostrar una deficiencia del 25% o más.

¿Qué necesitas?

  • Tener más de 55 años (hombres o mujeres).

  • Haber cotizado mínimo 1000 semanas al sistema de pensiones.

  • Presentar una deficiencia física, psíquica o sensorial de al menos 25% (parte de la calificación de pérdida de capacidad laboral).

📌 ¿Cómo saber si puedes reclamar tu pensión anticipada?

Si cumples con estos requisitos: 

✅ 55 años o más.
✅ 1000 semanas o más cotizadas.
✅ Calificación de deficiencia superior al 25% en tu dictamen de pérdida de capacidad laboral.

¡Tienes un derecho que puedes exigir!

🤝 En Waterfount Abogados te ayudamos:

🔍 Revisamos GRATIS tu historia laboral y tu dictamen de pérdida de capacidad laboral.
⚖️ Si cumples los requisitos, te acompañamos en todo el proceso legal para reclamar tu pensión.

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jueves, 6 de marzo de 2025

¿La Dirección Domiciliaria Define la Convivencia para la Pensión de Sobrevivientes?



Cuando se solicita una pensión de sobrevivientes, uno de los principales requisitos es demostrar la convivencia con la persona fallecida. Sin embargo, ¿es suficiente indicar la misma dirección en un documento para probar esta convivencia? La Corte Suprema de Justicia ha dejado claro que no. La verdadera convivencia no se limita a un dato en un formulario, sino que debe analizarse a fondo en cada caso, evitando prejuicios que puedan afectar el reconocimiento de derechos.

El Análisis de la Corte Suprema sobre la Convivencia

En una reciente sentencia, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia resolvió un caso en el que un fondo de pensiones negaba la pensión de sobrevivientes a un compañero permanente del mismo sexo, argumentando que en ciertos documentos aparecían direcciones diferentes. Sin embargo, el alto tribunal aclaró que este aspecto no es determinante y que la convivencia debe evaluarse con un análisis más amplio.

El juez encargado del caso encontró acreditada la unión marital de hecho a partir de otros elementos de prueba, como una escritura pública y varios testimonios que confirmaban la existencia de un hogar común. La Corte resaltó que se deben evaluar todas las pruebas en su conjunto y no caer en interpretaciones restrictivas o discriminatorias.

La Importancia de una Evaluación Integral

En su decisión, la Corte determinó que el juez de alzada había dado mayor valor a la manifestación común de convivencia que se estableció en la escritura pública, en lugar de enfocarse únicamente en las direcciones registradas en documentos individuales. Además, subrayó la importancia de analizar los testimonios sin prejuicios, especialmente cuando se trata de parejas del mismo sexo, quienes pueden enfrentar barreras estructurales en el reconocimiento de sus derechos.

Un punto clave del análisis fue que un familiar del fallecido había mostrado "descontento" inicial respecto a la orientación sexual del causante, lo que pudo influir en algunas inconsistencias en su testimonio. Sin embargo, el tribunal determinó que este factor debía ser interpretado con perspectiva de derechos, reconociendo que muchas personas homosexuales han sido víctimas de discriminación y que los jueces deben descifrar esos prejuicios al valorar las pruebas.

¿Qué Puedes Hacer si te Niegan la Pensión de Sobrevivientes?

Si un fondo de pensiones ha rechazado tu solicitud argumentando falta de convivencia, no te des por vencido/a. Existen múltiples formas de demostrar la existencia de una unión marital de hecho, como:

Escrituras públicas o documentos notariales en los que ambas personas hayan declarado su convivencia.
Testimonios de familiares, amigos y vecinos que puedan dar fe de la relación.
Pruebas económicas, como cuentas bancarias conjuntas, declaraciones de beneficiarios en seguros o pagos compartidos de servicios.

En Waterfount Abogados Consultores, te ayudamos a recopilar todas las pruebas necesarias y a presentar una reclamación sólida ante el fondo de pensiones o, si es necesario, en un proceso judicial. No permitas que una interpretación errónea de la ley afecte tu derecho a la pensión de sobrevivientes.

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martes, 25 de febrero de 2025

Compatibilidad de Pensiones: ¿Cuándo Pueden Negarte la Pensión de Sobrevivientes?


Cuando un ser querido fallece, sus beneficiarios tienen derecho a reclamar la pensión de sobrevivientes. Sin embargo, existen casos en los que los fondos de pensiones niegan el pago argumentando la existencia de otra pensión derivada de un accidente laboral o una enfermedad profesional. ¿Es esto legal? ¿Cuándo una pensión es compatible con otra? Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para defender tus derechos.

¿Qué Dice la Ley sobre la Compatibilidad de Pensiones?

Según la Ley 100 de 1993 y la Ley 776 de 2002, existen reglas claras sobre la compatibilidad de las pensiones otorgadas por el Sistema General de Pensiones y el Sistema de Riesgos Laborales. En términos generales, la ley establece que no pueden recibirse simultáneamente dos pensiones por el mismo evento. Esto significa que, si la muerte o invalidez de una persona se debe a un accidente laboral, la pensión de sobrevivientes debe ser asumida por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y no por el fondo de pensiones.

¿Qué Hacer si te Niegan la Pensión de Sobrevivientes?

Si te han negado la pensión de sobrevivientes bajo el argumento de que existe una pensión de invalidez o de riesgos laborales, es importante revisar si realmente aplica esta restricción. Algunos puntos clave a considerar son:

  1. ¿La muerte del pensionado fue consecuencia de un accidente laboral o enfermedad profesional? Si la causa de la muerte no está relacionada con el trabajo, el fondo de pensiones no puede negarse a pagar la pensión de sobrevivientes.

  2. ¿El fallecido tenía una pensión de invalidez? Si la persona ya tenía una pensión por invalidez y falleció, es necesario evaluar si los beneficiarios tienen derecho a la sustitución pensional.

  3. ¿Existe incompatibilidad legal real? La ley prevé que, en algunos casos, es posible recibir la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos, lo que puede ser una alternativa si la pensión de sobrevivientes no es otorgada.

Un Caso Reciente: ¿Qué Dijo la Corte Suprema?

En una reciente sentencia (SL3458-2024), la Corte Suprema de Justicia resolvió un caso en el que los padres de un pensionado por invalidez solicitaron la pensión de sobrevivientes tras su fallecimiento. El fondo de pensiones negó la solicitud argumentando que la prestación debía ser cubierta por la ARL. Sin embargo, el tribunal no tuvo en cuenta que la dependencia económica de los padres debía ser evaluada a fondo y que, en ciertos casos, se permite el pago de la pensión de sobrevivientes a los beneficiarios.

Este caso demuestra que los fondos de pensiones pueden cometer errores en sus decisiones, y que es fundamental contar con una asesoría legal especializada para hacer valer los derechos de los beneficiarios.

¿Cómo Podemos Ayudarte?

En Waterfount Abogados Consultores, somos expertos en derecho pensional y podemos ayudarte a reclamar la pensión de sobrevivientes que te corresponde. Si te han negado tu pensión por supuesta incompatibilidad con otra prestación, revisamos tu caso y te asesoramos en el proceso de reclamación administrativa o judicial.

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jueves, 20 de febrero de 2025

Hijos de Crianza y Pensión de Sobrevivientes: Lo que Debes Saber











Cuando una persona fallece, sus hijos pueden recibir la pensión de sobrevivientes, pero ¿qué sucede con los hijos de crianza? Muchas personas que fueron criadas por alguien que no era su padre o madre biológica se preguntan si tienen derecho a esta prestación. La buena noticia es que sí es posible acceder a ella, siempre que se pueda demostrar la relación de crianza. Aquí te contamos cómo hacerlo.

¿Qué es un Hijo de Crianza?

Un hijo de crianza es aquella persona que, sin haber sido adoptada ni tener un vínculo biológico, fue acogida por alguien que asumió el papel de padre o madre, brindándole amor, cuidado y apoyo económico. Esta relación debe ser sólida y demostrable, pues la ley reconoce que en muchos casos estos vínculos son tan fuertes como los de una familia tradicional.

¿Cómo Demostrar que Eres Hijo de Crianza?

Para que un hijo de crianza pueda acceder a la pensión de sobrevivientes, es necesario demostrar ciertos aspectos clave que evidencien la existencia de una verdadera relación filial:

  1. Sustitución de la Familia de Origen: Se debe probar que, por diferentes circunstancias, fuiste acogido en un hogar distinto al de tus padres biológicos y que la persona fallecida asumió el rol de padre o madre para ti.

  2. Vínculos de Afecto, Protección y Apoyo: No se trata solo de haber convivido con alguien, sino de haber recibido amor, cuidado y un entorno seguro, cumpliendo las funciones que la ley establece para un padre o madre.

  3. Reconocimiento Mutuo de la Relación: Es importante demostrar que la persona que te crió te consideraba su hijo y que tú también lo reconocías como tu padre o madre. Esto puede evidenciarse con testimonios, fotos y otros documentos.

  4. Relación de Largo Plazo: La crianza no puede haber sido un evento temporal. Debe haber una historia de convivencia continua y sostenida en el tiempo.

  5. Dependencia Económica: Este es uno de los requisitos más importantes. Es necesario demostrar que dependías económicamente de la persona fallecida, ya que esto es clave para que se te reconozca como beneficiario de la pensión.

¿Qué Pruebas Necesitas?

Para demostrar que fuiste hijo de crianza y tienes derecho a la pensión de sobrevivientes, es recomendable reunir documentos y testimonios que respalden tu caso. Algunas pruebas útiles son:

  • Declaraciones Juramentadas de personas cercanas que den testimonio sobre la relación de crianza.

  • Registros Escolares o Médicos donde la persona fallecida figure como tu acudiente o responsable.

  • Fotografías, Cartas o Mensajes que reflejen la convivencia y el vínculo familiar.

  • Pruebas de Dependencia Económica, como transferencias bancarias, pagos de estudios, recibos de manutención, entre otros.

¿Te Negaron la Pensión de Sobrevivientes?

Si el fondo de pensiones te negó la pensión porque no reconocieron tu calidad de hijo de crianza, no estás solo/a. En Waterfount Abogados Consultores, sabemos lo importante que es para ti hacer valer tus derechos y podemos ayudarte a reunir las pruebas necesarias, presentar reclamaciones y, si es necesario, acudir a instancias judiciales para que te reconozcan lo que por ley te corresponde.

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