Recientemente, recibimos una consulta sobre este tema y queremos compartir contigo lo que sabemos al respecto. Para empezar, es importante mencionar que según la Circular Unificada número 2004, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, tanto los empleadores del sector público como del privado están obligados a realizar exámenes médicos de ingreso y de retiro para sus trabajadores.
Es decir, al iniciar un nuevo empleo, así como al finalizar la relación laboral, es responsabilidad del empleador cubrir los costos de estos exámenes, tal como lo establecen diversas normativas, como el artículo 348 del Código Sustantivo de Trabajo, entre otros.
La Resolución número 2346 de 2007, por su parte, detalla que el examen médico de egreso tiene como objetivo evaluar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de sus funciones. Además, si durante este examen se detecta alguna presunta enfermedad profesional o secuelas de eventos laborales no diagnosticados previamente, el empleador está obligado a informar y presentar un reporte a las entidades administradoras correspondientes.
En resumen, sí, el examen de egreso es obligatorio y es responsabilidad del empleador realizarlo al término de la relación laboral. Esto garantiza una salida adecuada y segura para el trabajador, además de cumplir con las disposiciones legales en materia de salud ocupacional.
Si deseas más información sobre este tema o tienes alguna consulta legal adicional, no dudes en contactarnos a través de nuestros canales de comunicación. Estamos aquí para ayudarte.
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¡Feliz y bendecido día para todos!
Linda Silva Canizales
Ex-juez Laboral
Gerente de la firma Wfabogados