lunes, 3 de junio de 2024

¡Tu Guía para Entender la Pensión Especial de Vejez por hijos con Discapacidad!



Si eres padre o madre de un hijo menor con una discapacidad física o mental, es fundamental que conozcas tus derechos en cuanto a la pensión especial de vejez, establecida en el parágrafo 4 del artículo 9 de la Ley 797 del 2003. Esta prestación representa un apoyo vital para ti y tu familia, y aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.


¿Qué es la pensión especial de vejez y quién puede acceder a ella?

Esta pensión está diseñada para padres y madres cuyos hijos menores de edad enfrentan una discapacidad debidamente calificada. Mientras tu hijo dependa de ti y se encuentre en este estado, tendrás derecho a recibir esta pensión especial, sin importar tu edad. ¡Es una gran ayuda para asegurar el bienestar de tu familia!

Aspectos a considerar para su reconocimiento:

  1. Cumplimiento de requisitos: Debes haber cotizado al Sistema General de Pensiones por el tiempo mínimo requerido para acceder a la pensión de vejez (1300 semanas).

  2. Retiro del Sistema: Es importante que al solicitar la pensión hayas marcado el retiro del sistema; para que así no se generen a tu cargo cotizaciones futuras a pensión. 

  3. Momento en que se solicita la prestación: A partir de este momento empiezan a contar los términos para que el Fondo de Pensiones te dé una respuesta (4 meses).

¿Qué condiciones no te deben exigir para acceder a esta pensión?

  • No es necesario ser el único proveedor económico de la familia ni ser cabeza de familia para recibir este beneficio. La ley reconoce la diversidad de modelos familiares y el apoyo compartido entre sus miembros.

  • Tampoco te deben exigir exige estar trabajando activamente al momento del retiro. Lo importante es no reincorporarse al sistema de seguridad social y no dejar de cumplir con tus responsabilidades familiares.

  • Con respecto a la dependencia económica de tu hijo, no necesita que todos los ingresos provengan exclusivamente de ti. Pueden existir gastos compartidos en la familia y otros ingresos que no sean laborales.


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