martes, 25 de febrero de 2025

Compatibilidad de Pensiones: ¿Cuándo Pueden Negarte la Pensión de Sobrevivientes?


Cuando un ser querido fallece, sus beneficiarios tienen derecho a reclamar la pensión de sobrevivientes. Sin embargo, existen casos en los que los fondos de pensiones niegan el pago argumentando la existencia de otra pensión derivada de un accidente laboral o una enfermedad profesional. ¿Es esto legal? ¿Cuándo una pensión es compatible con otra? Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para defender tus derechos.

¿Qué Dice la Ley sobre la Compatibilidad de Pensiones?

Según la Ley 100 de 1993 y la Ley 776 de 2002, existen reglas claras sobre la compatibilidad de las pensiones otorgadas por el Sistema General de Pensiones y el Sistema de Riesgos Laborales. En términos generales, la ley establece que no pueden recibirse simultáneamente dos pensiones por el mismo evento. Esto significa que, si la muerte o invalidez de una persona se debe a un accidente laboral, la pensión de sobrevivientes debe ser asumida por la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y no por el fondo de pensiones.

¿Qué Hacer si te Niegan la Pensión de Sobrevivientes?

Si te han negado la pensión de sobrevivientes bajo el argumento de que existe una pensión de invalidez o de riesgos laborales, es importante revisar si realmente aplica esta restricción. Algunos puntos clave a considerar son:

  1. ¿La muerte del pensionado fue consecuencia de un accidente laboral o enfermedad profesional? Si la causa de la muerte no está relacionada con el trabajo, el fondo de pensiones no puede negarse a pagar la pensión de sobrevivientes.

  2. ¿El fallecido tenía una pensión de invalidez? Si la persona ya tenía una pensión por invalidez y falleció, es necesario evaluar si los beneficiarios tienen derecho a la sustitución pensional.

  3. ¿Existe incompatibilidad legal real? La ley prevé que, en algunos casos, es posible recibir la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos, lo que puede ser una alternativa si la pensión de sobrevivientes no es otorgada.

Un Caso Reciente: ¿Qué Dijo la Corte Suprema?

En una reciente sentencia (SL3458-2024), la Corte Suprema de Justicia resolvió un caso en el que los padres de un pensionado por invalidez solicitaron la pensión de sobrevivientes tras su fallecimiento. El fondo de pensiones negó la solicitud argumentando que la prestación debía ser cubierta por la ARL. Sin embargo, el tribunal no tuvo en cuenta que la dependencia económica de los padres debía ser evaluada a fondo y que, en ciertos casos, se permite el pago de la pensión de sobrevivientes a los beneficiarios.

Este caso demuestra que los fondos de pensiones pueden cometer errores en sus decisiones, y que es fundamental contar con una asesoría legal especializada para hacer valer los derechos de los beneficiarios.

¿Cómo Podemos Ayudarte?

En Waterfount Abogados Consultores, somos expertos en derecho pensional y podemos ayudarte a reclamar la pensión de sobrevivientes que te corresponde. Si te han negado tu pensión por supuesta incompatibilidad con otra prestación, revisamos tu caso y te asesoramos en el proceso de reclamación administrativa o judicial.

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No permitas que te nieguen un derecho que te corresponde. Contáctanos hoy mismo y asegura tu futuro.


jueves, 20 de febrero de 2025

Hijos de Crianza y Pensión de Sobrevivientes: Lo que Debes Saber


Cuando una persona fallece, sus hijos pueden recibir la pensión de sobrevivientes, pero ¿qué sucede con los hijos de crianza? Muchas personas que fueron criadas por alguien que no era su padre o madre biológica se preguntan si tienen derecho a esta prestación. La buena noticia es que sí es posible acceder a ella, siempre que se pueda demostrar la relación de crianza. Aquí te contamos cómo hacerlo.

¿Qué es un Hijo de Crianza?

Un hijo de crianza es aquella persona que, sin haber sido adoptada ni tener un vínculo biológico, fue acogida por alguien que asumió el papel de padre o madre, brindándole amor, cuidado y apoyo económico. Esta relación debe ser sólida y demostrable, pues la ley reconoce que en muchos casos estos vínculos son tan fuertes como los de una familia tradicional.

¿Cómo Demostrar que Eres Hijo de Crianza?

Para que un hijo de crianza pueda acceder a la pensión de sobrevivientes, es necesario demostrar ciertos aspectos clave que evidencien la existencia de una verdadera relación filial:

  1. Sustitución de la Familia de Origen: Se debe probar que, por diferentes circunstancias, fuiste acogido en un hogar distinto al de tus padres biológicos y que la persona fallecida asumió el rol de padre o madre para ti.

  2. Vínculos de Afecto, Protección y Apoyo: No se trata solo de haber convivido con alguien, sino de haber recibido amor, cuidado y un entorno seguro, cumpliendo las funciones que la ley establece para un padre o madre.

  3. Reconocimiento Mutuo de la Relación: Es importante demostrar que la persona que te crió te consideraba su hijo y que tú también lo reconocías como tu padre o madre. Esto puede evidenciarse con testimonios, fotos y otros documentos.

  4. Relación de Largo Plazo: La crianza no puede haber sido un evento temporal. Debe haber una historia de convivencia continua y sostenida en el tiempo.

  5. Dependencia Económica: Este es uno de los requisitos más importantes. Es necesario demostrar que dependías económicamente de la persona fallecida, ya que esto es clave para que se te reconozca como beneficiario de la pensión.

¿Qué Pruebas Necesitas?

Para demostrar que fuiste hijo de crianza y tienes derecho a la pensión de sobrevivientes, es recomendable reunir documentos y testimonios que respalden tu caso. Algunas pruebas útiles son:

  • Declaraciones Juramentadas de personas cercanas que den testimonio sobre la relación de crianza.

  • Registros Escolares o Médicos donde la persona fallecida figure como tu acudiente o responsable.

  • Fotografías, Cartas o Mensajes que reflejen la convivencia y el vínculo familiar.

  • Pruebas de Dependencia Económica, como transferencias bancarias, pagos de estudios, recibos de manutención, entre otros.

¿Te Negaron la Pensión de Sobrevivientes?

Si el fondo de pensiones te negó la pensión porque no reconocieron tu calidad de hijo de crianza, no estás solo/a. En Waterfount Abogados Consultores, sabemos lo importante que es para ti hacer valer tus derechos y podemos ayudarte a reunir las pruebas necesarias, presentar reclamaciones y, si es necesario, acudir a instancias judiciales para que te reconozcan lo que por ley te corresponde.

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No dejes que una negativa te detenga. Contáctanos hoy y luchemos juntos por tu derecho a la pensión de sobrevivientes.

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